Derecho laboral

Jornada Laboral de 42 Horas en Colombia 2026: Qué Cambia Antes del 15 de Julio y Cómo Ajustar los Contratos

Desde el 15 de julio de 2026 la jornada laboral máxima en Colombia es de 42 horas semanales (Ley 2101 de 2021). Qué cambia y cómo ajustar contratos y reglamentos.

Equipo JuridAI5 min de lectura

A partir del 15 de julio de 2026 culmina en Colombia la reducción progresiva de la jornada laboral máxima legal, que pasa definitivamente a 42 horas semanales, según lo establecido en el art. 2 de la Ley 2101 de 2021, que reformó el art. 161 del CST. Esto obliga a empresas, áreas de cumplimiento y profesionales del derecho laboral a revisar contratos, reglamentos internos de trabajo, turnos y políticas de horario antes de esa fecha límite, sin que ello implique reducción salarial ni prestacional.

¿Qué establece la Ley 2101 de 2021 sobre la jornada laboral?

La Ley 2101 de 2021 modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo y fijó en 42 horas semanales la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, sustituyendo el límite histórico de 48 horas. Esta reducción se aplicó de forma gradual, no inmediata, para permitir a los empleadores adaptar su operación.

La norma no eliminó la jornada de 48 horas de un día para otro: diseñó un cronograma de transición. El artículo 161 reformado establece que esas 42 horas semanales pueden distribuirse de manera flexible, siempre dentro de los límites diarios que prevé el Código Sustantivo del Trabajo. Es la columna vertebral de toda la reforma y el punto de partida obligatorio para cualquier análisis de cumplimiento laboral en 2026.

¿Cuál es el cronograma de reducción y por qué el 15 de julio de 2026 es la fecha clave?

El cronograma de la Ley 2101 de 2021 no fue inmediato, sino escalonado, contado desde la entrada en vigencia de la ley. El artículo 3 establece la implementación gradual: a los dos (2) años de vigencia (2023) la jornada bajó a 47 horas; a los tres (3) años (2024), a 46 horas; y a partir de allí se reducen dos (2) horas por año hasta llegar a 42 —es decir, 44 horas en 2025 y 42 horas desde el 15 de julio de 2026—.

Este esquema progresivo —47, 46, 44 y finalmente 42 horas— fue diseñado para dar a los empleadores tiempo de ajustar turnos, nómina y procesos sin choques operativos abruptos. A partir del 15 de julio de 2026, ya no existe ningún tramo pendiente: la jornada de 42 horas semanales se convierte en el límite legal definitivo y permanente, sin excepciones transitorias.

¿La reducción de jornada afecta el salario o las prestaciones de los trabajadores?

No. La Ley 2101 de 2021 es expresa en proteger la remuneración: la disminución de la jornada laboral no puede traducirse en reducción del salario, de las prestaciones sociales ni del valor de la hora ordinaria de trabajo. Es decir, el trabajador conserva el mismo ingreso aunque trabaje menos horas.

Esto se desprende directamente del artículo 4 de la Ley 2101, que blinda la base salarial y prestacional frente a la reforma de jornada. Para las áreas de nómina y compensación, esto significa que el ajuste a 42 horas no es una excusa para recalcular a la baja el salario base ni el valor de la hora extra. En términos prácticos, si la jornada se redistribuye y el salario se mantiene fijo, el valor de la hora ordinaria tiende a subir; se trata de una consecuencia económica de la reforma, no de un mandato legal expreso.

¿Qué deben revisar las empresas en sus contratos y reglamentos antes del 15 de julio?

Las empresas deben revisar y actualizar toda referencia contractual o reglamentaria a la jornada de 48 (o 44/46) horas semanales, ajustándola a las 42 horas vigentes desde el 15 de julio de 2026. Esto incluye contratos individuales de trabajo, reglamentos internos de trabajo, manuales de turnos y políticas de horas extra.

El artículo 5 de la Ley 2101 ordena que en todos los artículos del Código Sustantivo del Trabajo y demás normas concordantes que hagan referencia a la jornada semanal anterior, debe entenderse sustituida por el nuevo límite legal. En la práctica, esto se traduce en una lista de tareas de cumplimiento concreta:

  • Actualizar la cláusula de jornada en contratos de trabajo nuevos y vigentes.
  • Revisar el reglamento interno de trabajo y sus anexos sobre horarios.
  • Recalcular esquemas de turnos rotativos y trabajo por turnos para no exceder las 42 horas.
  • Verificar que el sistema de nómina liquide horas extra y recargos sobre la base correcta.
  • Comunicar el cambio a los trabajadores y, si aplica, negociar con el sindicato o comité de convivencia.

Para verificar con precisión la redacción vigente de cada artículo del Código Sustantivo del Trabajo afectado, conviene consultar la norma directamente en fuentes oficiales como el Ministerio del Trabajo.

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¿Qué dijo la Corte Constitucional sobre la reducción de jornada y el trabajo doméstico?

La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-507 de 2023, declaró la exequibilidad condicionada del artículo 2 de la Ley 2101 de 2021, en el entendido de que la reducción de la jornada debe aplicarse de forma proporcional también a quienes realizan trabajo doméstico interno, para que ese grupo no quede por fuera del beneficio de la reforma.

Es decir, el fallo no crea un calendario distinto ni reinterpreta los plazos del artículo 3: garantiza que la misma reducción progresiva prevista en la Ley 2101 se proyecte de manera proporcional sobre el régimen especial del trabajo doméstico interno. Por eso es relevante para los empleadores de trabajadoras y trabajadores domésticos internos, quienes deben aplicar la reducción con las particularidades de proporcionalidad que la Corte reconoció para este régimen.

En resumen

  • Desde el 15 de julio de 2026 la jornada laboral máxima legal en Colombia queda fija en 42 horas semanales, conforme al artículo 161 del CST modificado por la Ley 2101 de 2021.
  • La reducción se aplicó de forma progresiva (47, 46, 44 y 42 horas), conforme al cronograma del artículo 3 de la Ley 2101 de 2021.
  • La reforma no autoriza reducir salario ni prestaciones del trabajador.
  • Empresas y áreas de cumplimiento deben actualizar contratos, reglamentos internos y esquemas de turnos antes de la fecha límite.
  • La Sentencia C-507 de 2023 de la Corte Constitucional, mediante exequibilidad condicionada del artículo 2 de la Ley 2101, garantiza que la reducción se aplique de forma proporcional al trabajo doméstico interno.

Preguntas frecuentes

¿Desde qué fecha exacta rige la jornada de 42 horas semanales?+

Rige a partir del 15 de julio de 2026, fecha en la que culmina el último tramo del cronograma de reducción progresiva establecido en el artículo 3 de la Ley 2101 de 2021.

¿Puede un empleador seguir exigiendo 48 horas semanales después del 15 de julio de 2026?+

No. Superado ese límite legal, cualquier exigencia de jornada ordinaria por encima de 42 horas semanales contraviene el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 2101 de 2021.

¿Hay que modificar el contrato de trabajo o basta con ajustar el reglamento interno?+

Lo recomendable es revisar ambos documentos: el contrato individual de trabajo (si menciona expresamente una jornada de 48, 46 o 44 horas) y el reglamento interno de trabajo, además de cualquier política de turnos, para que reflejen el límite vigente de 42 horas.

¿La reducción de jornada aplica igual a todos los sectores y tipos de contrato?+

La regla general del artículo 161 del CST aplica a la jornada ordinaria de trabajo en general; sin embargo, existen regímenes especiales —como el trabajo doméstico interno, analizado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-507 de 2023— con reglas de proporcionalidad propias que conviene revisar caso por caso.

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